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Xterna – Asesoria para PYMES en Barcelona

CAE (Coordinación de Actividades Empresariales): qué exige la ley a tu empresa

Si en tu centro de trabajo conviven trabajadores de más de una empresa (una subcontrata, un servicio de mantenimiento, una obra), la ley te obliga a coordinaros en materia de prevención de riesgos laborales. 

Esa obligación tiene nombre: CAE, Coordinación de Actividades Empresariales, y no cumplirla puede suponer una sanción de hasta 49.180 € por infracción grave.

En Xterna te explicamos qué es la CAE, qué exige exactamente la ley a tu empresa y qué documentación tienes que tener lista si te llega una inspección.

Qué es la CAE

La Coordinación de Actividades Empresariales es el conjunto de obligaciones que deben cumplir dos o más empresas cuando sus trabajadores coinciden en un mismo centro de trabajo, para garantizar que esa concurrencia no genere riesgos añadidos de seguridad y salud.

El marco legal parte del artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y se desarrolla en detalle en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero

La idea de fondo es sencilla: cada empresa conoce sus propios riesgos, pero cuando varias comparten espacio, esos riesgos pueden combinarse de formas que ninguna controla por separado. La ley obliga a que se informen entre sí y a que trabajen con métodos coordinados.

Los tres escenarios que regula la ley

El RD 171/2004 no trata igual todas las situaciones. Distingue tres supuestos, y las obligaciones cambian según en cuál te encuentres:

Escenario

Qué implica

Obligación principal

Concurrencia simple

Varias empresas coinciden en un centro, sin que ninguna sea titular del mismo

Deber de cooperación: informarse mutuamente de sus riesgos

Con empresario titular

Una empresa es titular del centro de trabajo (aunque no dirija la actividad de las demás)

El titular informa e instruye a las empresas concurrentes sobre los riesgos del centro

Con empresario principal

Una empresa contrata o subcontrata con otras la realización de obras o servicios de su propia actividad

El principal tiene un deber de vigilancia: debe comprobar que las contratas cumplen la normativa de PRL

Qué documentación tienes que tener lista

La ley no exige un único documento, sino que habla de «medios de coordinación» que cada caso debe ajustar al grado de peligrosidad, al número de trabajadores y a la duración de la concurrencia. En la práctica, esto suele traducirse en:

  • Intercambio de información de riesgos entre las empresas concurrentes, por escrito.
  • Designación de una persona encargada de la coordinación de las actividades preventivas, cuando la complejidad del centro lo justifica.
  • Instrucciones del empresario titular o principal a las empresas que operan en su centro.
  • Reuniones periódicas entre los distintos servicios de prevención, si la actividad lo requiere.

Muchas empresas gestionan este intercambio a través de una plataforma CAE (documental, no un requisito legal en sí mismo, pero sí la forma más habitual de acreditar que se cumple).

Qué pasa si no cumples

El incumplimiento de las obligaciones de coordinación se sanciona como infracción en materia de prevención de riesgos laborales, conforme a la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social). Las cuantías vigentes desde octubre de 2021 son:

  • Infracciones graves: de 2.451 € a 49.180 €, según el grado.
  • Infracciones muy graves: de 49.181 € a 983.736 €.

No cumplir con el deber de coordinación se suele calificar como infracción grave, aunque el grado exacto depende de la valoración de la Inspección de Trabajo en el caso concreto.

Las obras de construcción tienen su propia normativa

Si tu actividad concurre en una obra de construcción, el RD 171/2004 no se aplica directamente: rige el Real Decreto 1627/1997, que tiene sus propios medios de coordinación (coordinador de seguridad y salud, plan de seguridad y salud). 

No confundas ambos regímenes: son parecidos en el objetivo, pero distintos en la documentación exigida.

¿Tu empresa tiene la CAE en regla?

Coordinar actividades empresariales bien, con la documentación correcta, es lo que te protege ante una inspección y ante un accidente. Es el mismo principio que aplicamos cuando revisamos si tu empresa cumple con otras obligaciones documentales del centro de trabajo, como la videovigilancia: la ley exige papeles concretos, no buena voluntad.

En Xterna llevamos más de 30 años acompañando a empresas de Barcelona en su cumplimiento normativo. Nuestro servicio de prevención de riesgos laborales revisa si tu empresa tiene los medios de coordinación correctos frente a las contratas y subcontratas con las que trabajas.

Si quieres saber si tu documentación CAE te protege ante una inspección, contacta con nuestro equipo y lo revisamos.

Preguntas frecuentes sobre la CAE

CAE son las siglas de Coordinación de Actividades Empresariales: el conjunto de obligaciones de prevención de riesgos laborales que deben cumplir las empresas cuando sus trabajadores coinciden en un mismo centro de trabajo.

No lo exige la ley como tal. Lo que exige la ley es acreditar que existe coordinación real entre las empresas concurrentes; una plataforma documental es la forma más habitual de gestionarlo y demostrarlo, pero no la única.

El empresario principal: quien contrata o subcontrata obras o servicios de su propia actividad debe comprobar que las contratistas cumplen con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

Puede suponer una infracción en materia de prevención de riesgos laborales, sancionable conforme a la LISOS, con multas que en las infracciones graves van de 2.451 € a 49.180 €.

Sí. Los deberes de cooperación e información del art. 24 de la LPRL también son de aplicación respecto a los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en el mismo centro de trabajo.